Ley animal para condominios

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Una fecha para recordar para todos los dueños de mascotas, la del próximo 18 de junio de 2013. Ese día, de hecho, entrará en vigencia la reforma del reglamento de condominios que incluyó una nueva norma sobre nuestros amigos de cuatro patas. Pero echemos un vistazo más de cerca. La nueva norma está consagrada en el artículo 1138 del Código Civil, con modificación a la Ley 220/2012. Esto establece que ningún condominio ya no puede prohibir la posesión de mascotas. Todo esto ha sido legitimado por los jueces que consideran "un derecho subjetivo real al animal de compañía en el ordenamiento jurídico actual" y por tanto "nos obliga a creer que el animal ya no puede situarse en el ámbito semántico conceptual de las cosas" sino que es considerado a todos los efectos un "ser sensible". ". Por supuesto, la reforma del reglamento también incluye reglas que los propietarios deben respetar absolutamente, como la de comprometerse a mantener limpias las áreas comunes de paso dentro del condominio si su mascota se ensucia, y mantener la misma con correa en el mismo. áreas., aplicando el hocico en caso de que sea un animal agresivo. Sin embargo, la norma sobre la perturbación del silencio público y el 'resto de personas' sigue siendo ambigua: en este caso es bastante fácil toparse con el delito descrito anteriormente, ya que no está claro el nivel de ruido que el animal debe producir para ser considerado. 'perturbador'. Por último, ojo: a partir del 18 de junio podría volverse fácil toparse con el delito de 'custodia omitida' para aquellos propietarios que dejen a su mascota sola en el apartamento o en el balcón durante mucho tiempo.

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